Alerta PROFECO contra abusos y malas prácticas en escuelas particulares

En este regreso a clases la Procuraduría Federal del Consumidor, PROFECO, alertó sobre las prácticas indebidas en que pueden incurrir las escuelas particulares y las cuales pueden ser motivo de sanciones o multas que van desde los 488 pesos al millón y medio, dependiendo la gravedad, de conformidad con la legislación vigente.

En la Ley Federal de Protección al Consumidor se advierte que, al prestar servicios educativos particulares de carácter comercial a cambio de una contraprestación, la Procuraduría Federal del Consumidor es competente para practicar visitas a las instituciones educativas privadas.

Normalmente los padres de familia eligen una escuela privada para sus hijos con el propósito de que tengan una formación más completa y de mejor calidad que la ofrecida en las instituciones públicas. Evidentemente este tipo de educación tiene un costo, sin embargo, éste no debe obedecer a prácticas comerciales abusivas, por lo que ante tal escenario, la PROFECO plantea las siguientes situaciones en que los padres de familia son respaldados al contratar los servicios de una escuela privada:

La escuela tiene la obligación informar por escrito y con anticipación a la fecha de inscripción sobre el costo de la misma o de la reinscripción así como de las colegiaturas, al pagar estos conceptos se garantiza que el alumno tendrá todo lo necesario para cumplir con los programas de estudio.

No pueden aumentar las colegiaturas a mitad del ciclo escolar y sin antes consultar a los padres de familia.

La escuela puede solicitar donativos en efectivo o especie para el mantenimiento de la misma, pero estos son de carácter absolutamente voluntario.

No se puede obligar a comprar útiles escolares, libros o uniformes con un proveedor en particular o en la propia escuela.

Tampoco se puede exigir la compra de uniformes nuevos, pues inclusive el uso de uniformes no es obligatorio.

Las aportaciones para la realización de eventos cívicos, sociales o recreativos organizados por la escuela son estrictamente voluntarios y no afectarán las calificaciones de los alumnos y la celebración de estos eventos dentro del horario de clases no deberá implicar gastos extraordinarios para los padres de familia.

En el caso de que se dejen de pagar cuando menos tres meses de colegiatura, la escuela puede suspender el servicio educativo, aunque la medida deberá anunciarse con 15 días de anticipación y la escuela deberá entregar los documentos del alumno en un plazo no mayor a 15 días naturales a partir del momento en que se soliciten y sin cobrar cuotas adicionales.

Las escuelas tienen estrictamente prohibido exhibir mediante listas u otras formas a los estudiantes que tienen retrasos en sus colegiaturas pues es una práctica violatoria a la Ley Federal de Protección al Consumidor y de los derechos humanos.

Si detectas alguna de estas malas prácticas, la POFECO tiene a disposición los números 55688722 y 01 800 468 87 22 para presentar una denuncia. Sólo debes proporcionar el nombre de la escuela, dirección y una descripción de los hechos.

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